II
Finalmente, indica que el Tribunal al abordar el dictamen pericial incurrió en vulneración del derecho a la defensa y debido proceso, ya que dicho informe sería incompleto y no se consideró su solicitud de aclaración y complementación, cuya situación habría impugnado y posteriormente apelado conjuntamente con la sentencia, aspecto que le causaría agravio siendo causal de casación en la forma debido a la errónea apreciación de la prueba y error de hecho por parte del Tribunal.
En base a esos argumentos concluye indicando que interpone recurso de casación en el fondo y en la forma solicitando como único petitorio se case el Auto de Vista y se declare improbada la demanda de contrario, con expresa condenación en costas.
II.2.- Se hace constar que en antecedentes del proceso, no existe respuesta al recurso de casación por parte del demandante
En base a esos argumentos concluye indicando que interpone recurso de casación en el fondo y en la forma solicitando como único petitorio se case el Auto de Vista y se declare improbada la demanda de contrario, con expresa condenación en costas.
II.2.- Se hace constar que en antecedentes del proceso, no existe respuesta al recurso de casación por parte del demandante
- Distrito: Beni
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- I
- Realiza consideraciones de carácter epistemológico respecto al instituto jurídico de la nulidad sustantiva establecida en
- Con relación a la denuncia de vulneración del art
- En cuanto a la denuncia de negación de ofrecimiento y producción de prueba, refiere que
- En contra del indicado Auto de Vista, la demandada Consuelo Arriaza Eguez interpuso recurso de
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Acusa vulneración del art
- Por otra parte, hace referencia a denegación de producción de prueba de cargo y clausura
- II
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- III.2.- Con relación a demanda de nulidad interpuesta por un tercero
- La situación anotada, se complejiza cuando se procura, por un tercero no contratante, la nulidad
- En síntesis cuando un tercero demanda la nulidad de un contrato de trasferencia, este no
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por otra parte, la recurrente señala que se habría aplicado una inexistente nulidad virtual sin
- Ante la realidad descrita, si el actor consideraba que el título de propiedad de la
- Otro punto de reclamo está referido a la falta de fundamentación de la Resolución de
- Las norma legales del Código Civil a las cuales hace referencia la recurrente, resultan impertinentes
- Denuncia también la falta de integración a la litis a Juan Gustavo Del Águila Mejía
- Otro aspecto que forma parte de los reclamos está referido a la admisión y producción
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
