Auto Supremo AS/0970/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0970/2018

Fecha: 01-Oct-2018

A más de lo señalado, debe quedar claramente establecido que la protección que otorga

A más de lo señalado, debe quedar claramente establecido que la protección que otorga el Estado a la familia, sin duda es al matrimonio civil constituido previo cumplimiento de los requisitos esenciales para su validez, puesto que los casos en los cuales, existen causales de anulabilidad por la falta de cumplimiento de los mismos, entonces en este caso, se desarrolló normativa interna que permite la detección de dichas anomalías; y en su caso, sanciona con la disolución del vínculo, por las causales establecidas legalmente; y no solo aquello, sino que además lo tipifica como un delito en las normas penales. Por tanto, la favorabilidad en la interpretación de las normas debe ser aplicada a quienes se encuentran en estado vulnerable y en riesgo de la violación de sus derechos fundamentales y/o garantías constitucionales; y no corresponde al sistema de protección de tales derechos, el denegar la tutea solicitada con criterios restrictivos no amparados por ninguna norma legal