Auto Supremo AS/1034/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1034/2018-RRC

Fecha: 23-Nov-2018

Dentro de este relato que fue la constante dentro del juicio oral y por ende


Es así que del estudio de los antecedentes, el Auto de apertura de juicio oral, fue abierto contra: “Miguel Ángel Oblitas Vedia con relación a los hechos que fueron calificados por el Ministerio Público en el delito de Estelionato descrito en el art. 337 del Código Penal y por la acusación particular por el mismo delito”. Visto lo anterior, es claro que el hecho a efectos procesales, mantuvo coherencia en los elementos medulares que lo componen, por cuanto se acusó al hoy recurrente de otorgar en garantía una movilidad que nunca le perteneció, ello en virtud al documento privado de 23 de noviembre de 2013 de ampliación de contrato de portón corredizo, siendo la víctima María Rosario Porcel Aguilar, quien se vio afectada por no poder ejecutar su mandamiento de embargo dentro de un proceso sumario

Dentro de este relato que fue la constante dentro del juicio oral y por ende objeto del debate contradictorio, son reconocibles la identidad de aspectos relativos a la tipicidad en el actuar del agente y el bien jurídicamente tutelado; incluso de condiciones de temporalidad y cuestiones sobre la manifestación material de los hechos: así el día, lugar y fecha de la comisión del hecho, la forma en la que dolosamente se otorgó en garantía el motorizado (contrato privado); es decir, la triangulación de: 1) imputado; 2) víctima; y, 3) tipicidad de la conducta en relación al bien jurídicamente tutelado, se mantuvo invariable a lo largo del proceso y cuya muestra final se encuentra en la Sentencia de mérito