Auto Supremo AS/1108/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1108/2018-RRC

Fecha: 21-Dic-2018

El Juez Sexto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a


El Juez Sexto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Gloria Herrera Molina de Ergueta y Bacilio Carlos Ergueta Albarracín, autores de la comisión de Delitos contra la Propiedad Intelectual, previsto y sancionado por el art. 362 del CP, imponiendo la pena de un año de reclusión y sesenta días multa a razón de Bs. 5.- (cinco bolivianos), al concluir haberse demostrado que el 27 de octubre de 2009, la Librería Jurídica Temis distribuyó y comercializó la obra “Interpretación Jurídica de la Constitución Política del Estado” (4 tomos), en la suma de Bs. 700.- (setecientos bolivianos), en perjuicio de los querellantes, sin tener autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual para distribuir, vender o comercializar legítimamente, la obra producida por Oscar Alfredo Rejas y Marco Antonio Rejas Daza, que junto a Editorial Excelsior, tenían la exclusividad para distribuir y comercializar su obra