Auto Supremo AS/0026/2018-T
Fecha: 22-Feb-2018
Que, el art. 247 numeral I inc. 1 del Código Procesal Civil, establece: “Transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda principal, la o el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la Ley para que sea practicada la citación de la parte demandada.”En el caso presente, se advierte que existe manif...