Auto Supremo AS/0111/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0111/2018

Fecha: 07-Mar-2018

Asimismo, se debe tener en cuenta que el auto de vista no ha realizado una

Asimismo, se debe tener en cuenta que el auto de vista no ha realizado una adecuada valoración de los medios de prueba incluso de las presunciones, pues, conforme a lo vertido según doctrina punto III.2, el auto de vista no precisó ni fundamentó de cómo concurren los elementos de gravedad y precisión dentro del caso de autos, que, sean suficientes para formar el convencimiento; donde se establece que, dicho medio de prueba no ha sido aplicado ni valorado en su verdadera y correcta dimensión debido a que no existe ningún medio de prueba que pueda apoyar su presunción, resultando pertinente acoger los reclamos formulados por el recurrente en el recurso de casación, máxime si como se expuso la SCP 1074/2016-S1 ha desechado la posibilidad de la presunción en el presente caso