Auto Supremo AS/0242/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2018-RRC

Fecha: 18-Abr-2018

Asimismo, en relación al cuestionamiento sobre la aplicación de los arts


Asimismo, en relación al cuestionamiento sobre la aplicación de los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP, se expresó: “…se colige la existencia de un apartado referido a la fundamentación de la pena y en ella consta que en relación al acusado Jaime Osvaldo Torrez Echeverría, el Tribunal concluye que como autor de los hechos se le debe aplicar la pena del delito mayor siguiendo las reglas del concurso de delitos y en esa base el asesinato tiene una pena de 30 años de presidio, no consignando el mismo un mínimo, sino una pena fija y determinada. Es más, en cuanto a este apartado el tribunal de sentencia analiza y valora de manera conjunta en cuanto a la fundamentación de la pena a todos los partícipes que fueron encontrados responsables de los hechos, si al acusado se le encontró autor de los delitos de Robo y Asesinato, es lógico y jurídico aplicar la pena del delito más grave, si se considera que si se pretendía la aplicación de atenuantes generales, por ejemplo el acusado estaba en la obligación de solicitar, fundamentar y demostrar con elementos de prueba acorde a lo que también determina el art. 171 del CPP, no lo hizo y tampoco expone fundamentos sobre el particular en su recurso de apelación” (sic)