Auto Supremo AS/0242/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2018-RRC

Fecha: 18-Abr-2018

No obstante lo anterior, es también cierto que el Tribunal de alzada se pronunció con


No obstante lo anterior, es también cierto que el Tribunal de alzada se pronunció con relación al agravio sobre la incertidumbre que el –en ese entonces- apelante alegó a partir de habérsele condenado como autor, a partir de la teoría de dominio del hecho, que su situación procesal no había sido correctamente determinada, además de cuestionar la aplicación del art. 20 del CP. El Tribunal de alzada, brindó respuesta, señalando que a partir de la probanza de la tesis acusatoria, al ser el acusado reconocido como el “atacante” y haberse determinado la forma en la que él y Cristian Sarmiento agredieron a la víctima, la conducta del hoy recurrente no solo se subsumió al delito por el que fue condenado, sino también al art. 20 del CP; por cuanto, las conclusiones de la sentencia conducen a establecer su condición de partícipe directo en el hecho, siendo que tal conclusión es precedida de un ejercicio de descarte de las demás formas contenidas por esa norma