Auto Supremo AS/0250/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2018-RRC

Fecha: 24-Abr-2018

Con relación a la apelación de Froilán Condori Ancasi, el Tribunal de alzada llegó a


Con relación a la apelación de Froilán Condori Ancasi, el Tribunal de alzada llegó a las siguientes conclusiones:

Cuarta conclusión.- Con referencia al primer agravio en el que se alega nulidad de Sentencia al no haber dado tiempo necesario a su defensa para asumir argumentos sólidos conforme el art. 104 con relación a los arts. 407 y 169 inc. 3) del CPP, concluye el Tribunal de alzada que al no asistir a juicio la abogada designada y ser una distinta y no haber otorgado un tiempo prudencial solo una hora para asumir defensa, se violenta el derecho al debido proceso no pudiendo pasar por alto este aspecto; ya que, deriva defecto insubsanable que acarrea nulidad de la Sentencia