Auto Supremo AS/0250/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2018-RRC

Fecha: 24-Abr-2018

El recurrente en su apelación restringida, bajo el denominativo parte tercera de defectos de la


En cuanto a la segunda parte, del primer motivo admitido del recurso de casación, refiere que de manera sesgada e insuficiente la resolución recurrida resolvió el motivo de apelación, relacionado a la falta de subsunción de su conducta al tipo penal de Incumplimiento de Deberes; por cuanto, se limitó a transcribir el art. 154 del CP, manifestando que se llegó a subsumir la conducta, lo cual consideró lesivo a sus derechos al debido proceso y de acceso a la justicia, constituyendo defectos absolutos, conforme prevé el art. 169 incs. 3) y 4) del CPP.

El recurrente en su apelación restringida, bajo el denominativo parte tercera de defectos de la Sentencia punto dos, denunció errónea aplicación de la ley sustantiva basado en el art. 370 inc. 1) del CPP, indicando que existiría error in iudicando solicitando nulidad de la Sentencia, expresando que al tratarse del delito de Incumplimiento de Deberes existe la necesidad de los componentes del tipo penal y para ello debía referirse al deber que tenía el imputado, denunció también que en la fundamentación jurídica de la Sentencia, no indicaría la existencia de los elementos del tipo penal, inobservancia que habría generado un acto ilegal que afecta derechos del imputado