Con relación al beneficio del desahucio,
II.2.1.- En el fondo
Con relación al beneficio del desahucio, no se consideró que el demandante fue debidamente notificado con la comunicación de reincorporación; sin embargo luego de haber reiniciado sus funciones, de acuerdo al informe del Jefe de Control de Recursos Humanos, él hizo abandono de sus funciones, sin ninguna justificación por lo que no correspondía el pago de desahucio lo cual constituye una interpretación errónea del art. 16 de la Ley General del Trabajo, cuyo texto expresa “No habrá lugar a desahucio ni indemnización cuando exista una de las siguientes causales, inc. d) inasistencia o abandono injustificado al trabajo, de más de seis días hábiles seguidos” (sic…)
Con relación al beneficio del desahucio, no se consideró que el demandante fue debidamente notificado con la comunicación de reincorporación; sin embargo luego de haber reiniciado sus funciones, de acuerdo al informe del Jefe de Control de Recursos Humanos, él hizo abandono de sus funciones, sin ninguna justificación por lo que no correspondía el pago de desahucio lo cual constituye una interpretación errónea del art. 16 de la Ley General del Trabajo, cuyo texto expresa “No habrá lugar a desahucio ni indemnización cuando exista una de las siguientes causales, inc. d) inasistencia o abandono injustificado al trabajo, de más de seis días hábiles seguidos” (sic…)
- Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Cuarta de Partido de Trabajo y Seguridad Social,
- Luego de una relación acerca de
- Por otro lado con relación
- Con relación a los incrementos
- Concluyó el memorial argumentando que constatado
- El Auto de Vista pronunciado, en
- Con relación al beneficio del desahucio,
- Con relación al pago de
- Por todo lo expuesto de
- El recurso de casación
- Respecto del formulario de finiquito
- Los sueldos devengados, bono de
- Respecto a la imposición de
- Con relación al cálculo del
- En atención a lo
- La parte recurrente aduce
- Por lo manifestado, solicita
- Que, así expuestos los
- Con relación al primer recurso,
- Al respecto cabe mencionar que
- Asimismo el D
- Finalmente con relación a la
- Al respecto, revisados los antecedentes
- Finalmente el principio de protección,
- Ahora bien, la nulidad solicitada
- Tomando en cuenta el
- El art
- En ese mismo sentido, tomando
- Con relación a la multa
- Con relación al pago doble
- Artículo 2°
- Para finalizar con respecto al
- Que, en el marco legal
- POR TANTO: La Sala Contenciosa,
- Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
