Auto Supremo AS/0206/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0206/2018

Fecha: 27-Jun-2018

El Auto de Vista pronunciado, en

II.2.- Segundo recurso: En la forma.-
El Auto de Vista pronunciado, en la parte resolutiva señala “Por Tanto: I. Se confirma en todas sus partes, la sentencia de fecha 30 de julio de 2013, cursante a fs. 189 a 195, complementada por Auto de 23 de abril de 2014 de fs. 352 a 357 vta., sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990”. De la revisión del expediente, se evidencia que la parte resolutiva del Auto de Vista Nº 61 registrado en el libro de Tomas de Razón Nº 1-2016, de 15 de junio de 2016, dictado por la Sala Social Contencioso Tributario y Contencioso Administrativo Primera del Tribunal Departamental de Justicia, confirma en todas sus partes la sentencia de fecha 30 de julio de 2013, de fs. 189 a 195, Sentencia inexistente, como se evidencia en obrados, toda vez que de la revisión del expediente se advierte que en esa fecha la Juez de primera instancia, no pronunció ninguna sentencia. En la misma resolución del Auto de Vista Nº 61, dice “…complementada por auto de 23 de abril de 2014 de fs. 352 a 357 vta…”. Del análisis del expediente se evidencia que no existe ninguna complementación de la sentencia de primera instancia