Auto Supremo AS/0206/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0206/2018

Fecha: 27-Jun-2018

Concluyó el memorial argumentando que constatado

Por último resulta inaudito que se nieguen las costas habiéndose comprobado la deuda social, pues es la parte perdidosa quien debe correr con los honorarios del abogado.
II.1.1.- Petitorio
Concluyó el memorial argumentando que constatado el error en la apreciación de las pruebas de descargo, las cuales no contienen mi firma y no se respaldan con documentos idóneos contables, además de la interpretación errónea y violación a la norma en cuanto a los incrementos salariales se establecieron también para el sector público pide en definitiva a la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, case el Auto de Vista de fecha 15 de junio de 2016, cursante de fs. 408 a 411 en cuanto a los puntos recurridos, manteniendo incólume los no recurridos y sea con costas