Auto Supremo AS/0485/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0485/2018-RRC

Fecha: 06-Jul-2018

Sobre este motivo, se tiene de los antecedentes, que el Ministerio Público también formuló recurso


Sobre este motivo, se tiene de los antecedentes, que el Ministerio Público también formuló recurso de apelación restringida denunciando en primer lugar la existencia de incongruencia omisiva que repercutía en una falta de motivación con relación a la fundamentación probatoria descriptiva en el inc. b) cuando se hizo mención a la prueba testifical de Eugenio Yapura Mamani, quien en juicio manifestó que el acusado Carlos David Durán Cartagena al momento del hecho ilícito era funcionario de BBPC SRL y afirmó que era el encargado de transporte de la empresa, cuando contradictoriamente el acusado en su declaración manifestó ser ayudante simplemente en la empresa, de modo que al ser encargado de transporte tenía conocimiento y certeza de las 20 bolsas de carbonato de calcio y al no haber introducido la sentencia este hecho, no sólo omitió señalar este aspecto, sino que tampoco lo valoró, de modo que la sentencia carecía de una debida motivación; situación similar sucedió en el criterio del Fiscal respecto a la prueba documental MP-09, MP-17 y MP-21, de donde se infería que Carlos Javier Durán Cartagena era funcionario y personero de la empresa citada en su calidad de encargado de transporte, incurriéndose en el defecto de sentencia previsto por el art. 370.5) del CPP por infracción del art. 124 del citado cuerpo legal