Auto Supremo AS/0550/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0550/2018-RRC

Fecha: 16-Jul-2018

ii)  Denuncia inobservancia o errónea aplicación de ley sustantiva de acuerdo al art


ii)  Denuncia inobservancia o errónea aplicación de ley sustantiva de acuerdo al art. 370 inc. 1) del CPP, porque se emitió Sentencia condenatoria por el delito de Hurto Agravado, sin que se haya tomado su declaración informativa por ese delito; sin embargo, su persona es inocente porque no se habría comprobado la acusación con una sola prueba, siendo que las acusaciones mencionan que su persona fue a recoger el skider con dos policías para lo cual tenía el poder respectivo, desconociéndose el art. 811 inc. 1) del Código Civil (CC), forzando una condena, presumiendo la culpabilidad, cuando la duda debía aplicarse a su favor de acuerdo al art. 7 del CPP. No se hubiera determinado la posesión ni derecho propietario del tractor skider, quedando la acusación como una simple hipótesis sin respaldo de prueba, que evidencia una errónea aplicación de la ley sustantiva que le deja en completa indefensión, cuando correspondía aplicar el art. 366 inc. 2) del CPP, por insuficiencia de pruebas que no generan convicción sobre la responsabilidad penal del acusado, constituyendo inobservancia de los alcances del art. 13 del CP, porque nunca hurtó nada, inobservado, asimismo el art. 326 inc. 5) del CP