Auto Supremo AS/0739/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0739/2018

Fecha: 27-Jul-2018

El contrato impugnado de anulabilidad fue suscrito en vigencia de los poderes, el cual se

El contrato impugnado de anulabilidad fue suscrito en vigencia de los poderes, el cual se evidencia de la compulsa entre los contratos y las revocatorias de poderes, la Escritura Publica N° 136/2000 fue suscrita el 7 de septiembre de 2.000 mientras los recurrentes proceden a revocar los mandatos el 19, 20 y 21 de septiembre de 2000 detallado en el considerando II.1, resultando improcedente el reclamo, toda vez que el acto impugnado de anulabilidad fue suscrito en vigencia de los mandatos extendidos a favor de Carlos Eduardo Bozo Espinoza. En cuanto a la intervención de los recurrentes fueron representados por Carlos Eduardo Bozo Espinoza, quienes participaron de la suscripción de la Escritura Pública N° 136/2.000, no se puede alegar que el contrato es anulable, cuando dieron su consentimiento en los poderes N° 193/89, N° 239/94 y N° 60/93, los mismos fueron revocados posteriormente a la suscripción de la escritura impugnada de anulabilidad, alegar que los demandados no podían suscribir el contrato no tiene asidero legal