Auto Supremo AS/0448/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0448/2018

Fecha: 17-Ago-2018

Las Plantas de extracción, son aquellas diseñadas para procesar gas natural y extraer del mismo

El art. 2 del DS N° 24914, define:
Gas Licuado de Petróleo (GLP): Es aquel constituido principalmente por una mezcla de propano y butano, que venden las refinerías en Bolivia bajo las características establecidas en el Reglamento de Calidad. El GLP de Plantas es aquel que venden las plantas en Bolivia.
Las Plantas de extracción, son aquellas diseñadas para procesar gas natural y extraer del mismo propano, butano y gasolina natural