Auto Supremo AS/0683/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0683/2018-RRC

Fecha: 17-Ago-2018

Con relación al primer presupuesto de procedencia, es evidente que al encontrarse el proceso penal


Con relación al primer presupuesto de procedencia, es evidente que al encontrarse el proceso penal en casación, su existencia es plena e indiscutible, al ser producto del cumplimiento de las diferentes etapas del proceso penal. Respecto al segundo presupuesto, el objeto procesal del caso de autos efectivamente es actual y vigente, considerando que en cumplimiento al entonces Auto Constitucional SCI-002/2017, se dispuso el sorteo de la causa penal (fs. 643) para resolver la cuestión de fondo y emitirse nuevo Auto Supremo al haberse dejado sin efecto el Auto Supremo 792/2016-RRC. También concurre el tercer requisito, siendo que posterior al Auto Constitucional SCI-002/2017 y correspondiente sorteo de la causa, se tuvo conocimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0345/2017-S1 de 21 de abril que revocó el Auto Constitucional emitido con anterioridad, denegando la tutela y sosteniendo la vigencia y los efectos del Auto Supremo 792/2016-RRC. En relación al cuarto aspecto, se tiene claramente establecido que habiéndose sorteado la causa, encontrándose en plazo procesal, aún no se ha emitido nuevo Auto Supremo resolviendo el recurso de casación por efecto de la tutela concedida en una primera instancia por el Tribunal de Garantías. Asimismo, al quinto presupuesto, se puede constatar que al haberse emitido la Sentencia Constitucional Plurinacional 0345/2017-S1 de 21 de abril, se denegó en última instancia la tutela solicitada por el recurrente, no siendo viable ni procedente poder emitir un nuevo Auto Supremo, al haber desaparecido la obligación impuesta por el art. 35 de la Ley Nº 254, por haberse revocado la resolución del Tribunal de Garantías. Finalmente, sobre el sexto presupuesto, también se lo tiene por cumplido, considerando que estas circunstancias han sido de pleno conocimiento de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia por estar la causa radicada en casación