Auto Supremo AS/0683/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0683/2018-RRC

Fecha: 17-Ago-2018

Denunció también, defectos de la Sentencia, indicando los cinco hechos probados señalado en Sentencia, que


Denunció también, defectos de la Sentencia, indicando los cinco hechos probados señalado en Sentencia, que a su criterio, expone una serie de fundamentos que desvirtuarían los hechos probados, aduciendo que en juicio, las acciones de invadir el inmueble, mantenerse en él o expulsando a los ocupantes mediante violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o cualquier otro medio, no ocurrió; ya que, nadie expuso que hayan concurrido tales hechos. Sin embargo –refiere- respecto a los títulos de propiedad, examinando el Testimonio Nº 0794/2003, emerge del Acta de Asamblea del Sindicato 24 de septiembre de 10 de agosto, donde se acordó dar facultad a Leandro Caballero Arandia a realizar conciliación de linderos y asimismo dar conformidad a sus linderos y extensiones superficiales de los adjudicatarios en forma individual, donde no consta el nombre de Mavilda Lijeron Saavedra. Que, mediante la minuta de adjudicación de 23 de septiembre de 2003 se adjudica a Mavilda Lijeron un lote de terreno. Al respecto, no existe un plano de ubicación exacta del lote de terreno reclamado por la supuesta víctima. Manifiesta que tiene un lote con una superficie de 1500 mts., y que sobre el mismo se ha provocado el Despojo; sin embargo, se reconocen que son cuatro lotes y solo sobre dos habría posesión del acusado y sobre los demás los señores Justiniano Ruiz y Reyna Téllez, quienes tienen acreditado su derecho propietario