Auto Supremo AS/0285/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0285/2018

Fecha: 25-Sep-2018

Como se puede apreciar en el presente caso, no se puede considerar como honorario lo

Como se puede apreciar en el presente caso, no se puede considerar como honorario lo no pactado de acuerdo al artículo 28 de la Ley de la Abogacía, por lo que queda completamente desvirtuado de que se trataba de honorarios profesionales, sino más bien eran sueldos mensuales que percibía el profesional por asistencia legal, tal como lo señalan todos los contratos de prestación de servicios