Auto Supremo AS/0861/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0861/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

Como se puede observar, no resulta evidente que el Tribunal de alzada haya incumplido el


Como se puede observar, no resulta evidente que el Tribunal de alzada haya incumplido el precedente invocado, pues en forma clara se establece la realización de un control de legalidad y logicidad sobre la Sentencia, determinando que el Trabajo intelectivo relativo a la subsunción de la conducta de los recurrentes a los tipos penales de Perturbación de Posesión y Daño Simple, fueron realizados de forma correcta al verificarse la inexistencia del defecto denunciado (art. 370 inc. 1 del CPP.), donde además respondió a cada cuestionamiento realizado por los recurrentes en forma clara y precisa, dando cumplimiento a los parámetros establecidos en los arts. 124 y 398 del CPP, por lo que no resulta evidente que en alzada se hayan incumplido los lineamientos establecidos en el precedente invocado