Auto Supremo AS/0861/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0861/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

Respecto a la supuesta falta de fundamentación de la Sentencia, se tiene que la Sentencia


Respecto a la supuesta falta de fundamentación de la Sentencia, se tiene que la Sentencia condenatoria impugnada cumple con lo normado por los arts. 124 y 360 incs. 1), 2) y 3) del CPP; puesto que, contiene los motivos de hecho y de derecho en que basa sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, el fallo de mérito contiene una relación amplia y precisa del hecho histórico; es decir, se ha fijado clara, precisa y circunstanciadamente la especie que se estima acreditada y sobre el cual se ha emitido el juicio, que es lo que se conoce como fundamentación fáctica. Los querellados alegan que la Sentencia no está debidamente fundamentada, que el Juzgador no hubiera motivado las circunstancias de cómo sucedieron los hechos, situación que no fuera evidente, puesto que el Juez Cuarto de Sentencia aplicó un silogismo lógico como resultado del análisis y revisión de las pruebas producidas por las partes llegando a determinar la existencia del hecho, la identificación y certeza de los autores, la subsunción a los tipos penales condenados que se dieron en los días 19 de julio y 21 de agosto de 2011, alegan además que la fundamentación fuese una copia del acta del juicio oral, al respecto aclaró que lógicamente los hechos relatados del acta de juicio no pueden ser diferentes ni contrarios a la fundamentación realizada en la Sentencia, de lo contrario se estaría frente a una incongruencia en la misma, por tanto el Juzgador expuso cada uno de los elementos de prueba que fueron incorporados al juicio oral conforme el art. 333 del CPP