Auto Supremo AS/0861/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0861/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

El Tribunal de alzada respecto al agravio previsto en el inciso 5) del art


El Tribunal de alzada respecto al agravio previsto en el inciso 5) del art. 370 del CPP, argumentó que contiene los motivos de hecho y de derecho en que basa sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, el fallo de mérito contiene una relación amplia y precisa del hecho histórico; es decir, se ha fijado en forma clara la fundamentación fáctica. Los querellados alegan que la Sentencia no está debidamente fundamentada, que el Juzgador no hubiera motivado las circunstancias de cómo sucedieron los hechos, situación que no fuera evidente, puesto que el Juzgador aplicó un silogismo lógico como resultado del análisis y revisión de las pruebas producidas por las partes llegando a determinar la existencia del hecho, la identificación y certeza de los autores, la subsunción a los tipos penales condenados que se dieron en los días 19 de julio y 21 de agosto de 2011, alegan además que la fundamentación fuese una copia del acta del juicio oral, al respecto aclaró que los hechos relatados del acta de juicio no pueden ser diferentes ni contrarios a la fundamentación realizada en la Sentencia, de lo contrario se estaría frente a una incongruencia en la misma, por tanto el Juzgador expuso cada uno de los elementos de prueba que fueron incorporados al juicio oral conforme el art. 333 del CPP