Auto Supremo AS/0890/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0890/2019-RRC

Fecha: 07-Oct-2019

Sin generar mayores consideraciones redundantes, como bien se señaló precedentemente, tal circunstancia fue anteriormente razonada


Sin generar mayores consideraciones redundantes, como bien se señaló precedentemente, tal circunstancia fue anteriormente razonada en el presente Auto Supremo, donde se dispuso que el Tribunal de alzada realizó una correcta ponderación en la lógica y la Ley aplicada por el Tribunal de Sentencia respecto al art. 251 del CP, explicando motivada y fundadamente por qué no sería viable considerar la aplicación del art. 252 nums. 2 y 3 del CP, como se reclamó por parte de los recurrentes en apelación restringida y en las adhesiones; y, siendo así, corresponde remitir el presente aspecto a lo resuelto precedentemente, considerando la similitud del planteamiento expresado en casación relativo a lo denunciado por Magalí Bruno Delgadillo; de lo que se deja constancia a los fines correspondientes