Auto Supremo AS/1152/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1152/2019

Fecha: 22-Oct-2019

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Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Efraín Serapio Chungara Padilla cursante de fs. 1620 a 1623, Jaime Palenque Espada de fs. 1625 a 1630, Wilfredo Pallares Torihuano de fs. 1632 a 1639 vta, contra el Auto de Vista S.C.C.II Nº 205/2019 de 22 de agosto, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, cursante de fs. 1585 a 1587, dentro el proceso ordinario Usucapión, seguido por la Asociación de Inválidos y Mutilados de la Guerra del Chaco contra Mariano Ibernegaray y otros; el Auto interlocutorio de concesión de recurso de 30 de septiembre de 2019 a fs. 1686, el Auto Supremo de Admisión Nº 1030/2019-RA de 01 de octubre de fs. 1744 a 1745; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.La Asociación de Mutilados e Inválidos de la Guerra del Chaco (AMIG), al amparo de los arts. 138 y 1492 del Código Civil, arts. 124, 125 y 126 del Código de Procedimiento Civil, demandaron reconocimiento de derecho de propiedad por Usucapión sobre los lotes 1, 2, 3, 7, 12, 18, 26, 27, 40, 42, 52, 59, 62, 63, 64, 65, 67, 69, 71, 72, 73, 77, 80, 81, 82, 85, 90, 92 y 97, adjudicados a Mariano Ibarnegaray A., Francisco Martínez C., Edmundo Peñaranda R., Anacleto Valverde M. Francisco Torres C., Rubén Darío Ugarte F., Natalio Herrera C., José Brito Ch., Francisco Huanca G., Faustino Guzmán R., Antonio Laguna E., Telésforo Flores B., Eulogio Rojas Ll., Policarpio Arancibia R., Justino Enríquez A., Gilberto Flores P., José Manuel Flores, Pablo Escobar V., Narciso Morales C., Nemesio Pallares C., Nicanor Palenque F., Francisco Rivera B., Juan Padilla Salinas, Manuel Ríos P., Casto Torres M., Saúl Blanco A., Timoteo Fuentes C., Cirilo Rodríguez, José María Sánchez R. y Florencio García P., bajo el siguiente argumento:
Señalaron, que con el propósito de proceder a la urbanización de las huertas que la AMIG posee en la propiedad La Florida, así como para compensar a sus afiliados quienes se vieron damnificados por las riadas del rio Quirpinchaca y por servicios ad honorem prestados por algunos beneméritos, es que demandan la propiedad de los citados lotes de terreno