Auto Supremo AS/1152/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1152/2019

Fecha: 22-Oct-2019

2

Añaden, que de un total de 100 miembros, una mayoría llegó a poseer sus lotes, empero, una tercera parte no se hizo presente y tampoco pago las cuotas establecidas en el Estatuto; y tras 19 años, la AMIG ha permanecido en quieta, pacifica, continua e ininterrumpida posesión de los lotes, conservando, sembrando, refaccionando, construyendo depósitos, cercos, muros, etc.
Walter Flores Gómez, es nombrado defensor de oficio de los demandados, quien señaló que no pudo ubicar, ni tener noticia de ninguno de los demandados o sus herederos, ya que posiblemente hayan fallecido, de igual manera, tampoco lo buscaron en su oficina o su domicilio particular.
2.Asumida la competencia por el Juez Nº 1 de Partido en lo Civil y Comercial, pronunció la Sentencia de 07 de septiembre de 1991cursante de fs. 44 a 46, declarando PROBADA la demanda, reconociendo derecho propietario a la AMIG sobre los lotes de terreno, bajo los siguientes fundamentos:
a.El gobierno expidió a la AMIG – Sucre, el Titulo Ejecutorial N° 123699 de 15 de septiembre de 1961 a fs.1, sobre el ex fundo La Florida, ubicado en el cantón San Lázaro de la Provincia Oropeza, con una superficie laborable de 28 hectáreas
b.Según el testimonio de 10 de mayo de 1971 de fs. 6 a 9, por intervención judicial se procedió a la división y partición del fundo entre todos los miembros de la AMIG