Auto Supremo AS/0141/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2019

Fecha: 12-Feb-2019

3) Respecto a las denuncias de violación del art

Es así que de la revisión del fallo recurrido, si bien es evidente que citó artículos del procedimiento civil, como son los arts. 236 (principio de pertinencia), y 237 (formas de resolución), no debe pasar por alto que la parte resolutiva se encuentra fundamentada en el art. 218.II num. 2) del Código Procesal Civil, por lo que no es evidente que el fallo deba ser anulado, como pretende la parte recurrente, pues si bien hubo cierto alejamiento de forma, este no ocasiona la nulidad del fallo, razón por la cual no existió perjuicio cierto e irreparable, no es trascendente para disponer una nulidad que resultaría forzada, lo cual no resultaría elocuente con los principios procesales que persigue nuestra legislación actual.
3) Respecto a las denuncias de violación del art. 398 del Código de Procedimiento Civil y/o el art. 147 num. 1) del Código Procesal Civil; num. 4 del art. 549 del Código Civil, los arts. 397 del Procedimiento Civil y 145 del Procesal Civil y la posible incursión de error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba