Auto Supremo AS/0141/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2019

Fecha: 12-Feb-2019

La recurrente arguye que al afirmar el Auto de Vista recurrido con el certificado treintañal


La recurrente arguye que al afirmar el Auto de Vista recurrido con el certificado treintañal se acreditó que los bienes inmuebles de propiedad de los demandantes y de la parte demandada, emergen del mismo derecho propietario común, sin considerar que Yolanda, Tulia y Salomón Rivas adquirieron su derecho mediante la Escritura Pública N° 23/88 de fs. 34 a 36, de Matilde Valenzuela de Rivas, sin establecer colindancias, por lo que mediante Escritura Pública N° 142/2005 de fs. 37 a 38 aclararon de forma unilateral la ubicación del inmueble asignándole el N° 121, sin embargo el origen del derecho propietario de las demandantes surge por sucesión hereditaria de Ángel Fernandez Calderón según el informe de Derechos Reales de fs. 3 a 5 por lo que observa que el Auto de Vista incurre en contradicción al señalar que el inmueble emerge de un mismo derecho y luego afirma que existen dos inmuebles, infringiendo así los arts. 1287 y 1289 del Código Civil y 397 del Procedimiento Civil