Auto Supremo AS/0319/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0319/2019

Fecha: 26-Jun-2019

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11.- Con relación al pago de la multa del 30%, señala que no corresponde conforme determina el art. 9 del DS 28699, y en el presente caso la relación laboral con los demandantes se sujetó a un contrato de trabajo a plazo fijo, no constituyéndose un despido la terminación de la relación laboral, siendo este requisito imprescindible para que opere la multa del 30%. Aclara que la empresa procedió al pago de los beneficios sociales correspondientes en tiempo hábil y oportuno conforme se tiene demostrado en las planillas, cheques y autorizaciones de pagos adjuntos