Auto Supremo AS/0428/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0428/2019-RRC

Fecha: 11-Jun-2019

Se debe establecer que no es suficiente denunciar de manera genérica la falta de fundamentación

Se debe establecer que no es suficiente denunciar de manera genérica la falta de fundamentación de las resoluciones judiciales, como es la Sentencia apelada, sino se debe puntualizar y especificar cuál la fundamentación que extraña, si la descriptiva, la analítica o intelectiva, o bien la jurídica, conforme lo ha modulado la doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 544 bis de 12 de noviembre de 2009; situación que en el presente caso no se encuentra cumplida por el recurrente, de la cual se debe establecer que el deber de fundamentación no solo es propio del Juez o Tribunal, sino que el recurrente también tiene la obligación de dar una correcta motivación a su recurso, toda vez que el pronunciamiento sobre el recurso será en proporción a la motivación del mismo, por lo cual el recurrente debe expresar de manera clara y jurídica lo que denuncia y lo que pretende, de tal manera que el accionante tiene el deber de fundamentar los agravios, para que no solo la parte contraria pueda en todo momento refutarlos, sino también para que el Tribunal de apelación pueda resolver en total orden y coherencia los agravios denunciados en los que habrá incurrido el Tribunal de Sentencia, así se tiene también establecido en los razonamientos contenidos en el Auto Supremo 571/2015, que es lo que no ha sucedido en el presente caso como se tiene señalado, no siendo suficiente referir que existiría contradicción al ser condenado cuando considere se debió dictar sentencia absolutoria; Por el que el mismo no puede ser considerado como agravio