Auto Supremo AS/0559/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0559/2019

Fecha: 06-Jun-2019

Al respecto, debe tenerse presente por la recurrente, que el voto disidente constituye fundamentalmente una

En este punto, la recurrente nos plantea una serie de agravios que los vamos a considerar uno a uno.
a) Manifiesta, que pese a la precisión de los agravios expuestos en el recurso de apelación, el Ad quem, rebuscó argumentos para confirmar la sentencia en todas sus partes, ignorando los fundamentos expuestos por el Vocal Disidente, que de forma acertada habría proyectado la anulación de la Sentencia al no observarse el art. 1567 del CC vigente.
Al respecto, debe tenerse presente por la recurrente, que el voto disidente constituye fundamentalmente una opinión divergente que emite uno de los miembros del Tribunal u órgano colegiado respecto a la decisión asumida por la mayoría de sus miembros, que viene a ser, en el caso presente el Auto de Vista que cuenta con dos votos conformes, consiguientemente los fundamentos que contiene esta Resolución son los que deben ser objeto del recurso de casación y no así los fundamentos del voto disidente