Auto Supremo AS/0559/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0559/2019

Fecha: 06-Jun-2019

Concluyo su demanda señalando que la acción de mejor derecho propietario se interpone contra Luciano

Refiere que Domingo Sóliz Maturano, a título de dotación transfirió la fracción de 10.000,6 m2., sin tener derecho propietario a los esposos Justino Romero Cardozo y Catalina Pérez Cáceres de Romero, mediante la minuta de 14 de junio de 1976, protocolizada el 9 de enero de 1978, e inscrita en DDRR el 10 de enero de 1978, a fs. 4 vta., No. 7, correspondiente a propiedades de la provincia Oropeza; más adelante, estos esposos habrían transferido la totalidad del terreno a Luciano Pérez Cáceres, por minuta de 30 de diciembre de 1992, protocolizada el 10 de julio de 1996, e inscrita en DDRR bajo la matrícula N° 1011990031504, Asiento A-1.
Concluyo su demanda señalando que la acción de mejor derecho propietario se interpone contra Luciano Pérez Cáceres, por ser poseedor de su lote de terreno; de igual forma, al amparo del art. 1018 del Código Civil abrogado, demandó la nulidad de la venta efectuada por los esposos Justino Romero Cardozo y Catalina Pérez Cáceres de Romero en favor de Luciano Pérez Cáceres, dado que al dejarse sin efecto y valor alguno los Títulos Ejecutoriales de Reforma Agraria emergentes de la RS N° 163250, serían nulas las transferencias realizadas, ya que los esposos Romero-Pérez, carecían del derecho de propiedad sobre los 10.000 mts2, que transfirieron a Luciano Pérez Cáceres; por último, solicito reivindicación más el pago de daños y perjuicios mediante memoriales de fs. 64 a 73 y 397 a 398