Auto Supremo AS/0568/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0568/2019-RRC

Fecha: 05-Ago-2019

De esta relación necesaria de antecedentes, se evidencia que el Tribunal de Alzada al momento


De esta relación necesaria de antecedentes, se evidencia que el Tribunal de Alzada al momento de emitir el Auto de Vista impugnado respecto a este punto del motivo no omitió fundamentar, sino que por el contrario cumplió con la debida fundamentación y motivación; puesto que, por una parte, explicó que no le correspondía revalorizar la prueba, aspecto que resulta evidente; toda vez, que en el sistema procesal vigente no existe la doble instancia y los hechos probados se encuentran sujetos al principio de intangibilidad, lo que ciertamente no implica que no pueda ejercer el control de logicidad respecto a la valoración probatoria realizada por el Juez de juicio; en cuyo mérito, por otra parte señaló que para la sentencia no fue pertinente las referidas pruebas, argumentos que si bien no resulta extensa, no obstante de ninguna manera denota que consideró que una prueba solo era pertinente si vinculaba al acusado con el hecho como arguye la parte recurrente, sino que constató que dichas pruebas no eran pertinentes, aspecto que también aclaró a tiempo de desestimar la denuncia concerniente a la falta de fundamentación de las pruebas MP23, MP24, MP26, MP29 y MP30 en la que señaló que el Tribunal de mérito sí dio un valor probatorio a dichas pruebas; empero, que el hecho de que no sea positiva, no le restaba valor a su sustento, argumentos que resultan suficientes, y evidencian que el fallo impugnado no incurrió en contradicción con los precedentes invocados; toda vez, que el Tribunal de alzada de manera fundamentada efectuó el control respecto a la valoración probatoria realizada por el Juez de mérito en correspondencia a lo cuestionado, respondiendo de manera clara, expresa y precisa que las pruebas cuestionadas no fueron omitidas en su valoración, sino que no fueron pertinentes al caso; en consecuencia, el motivo sujeto a análisis deviene en infundado