Auto Supremo AS/0128/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

Referente al agravio previsto en el art


Referente al agravio previsto en el art. 370 inc. 5) del CPP, relativo a la carencia de fundamentación de la subsunción por los tipos penales condenados como el valor otorgado a los medios probatorios; al respecto, el Tribunal de alzada señaló que pese a la imprecisión de los aspectos cuestionados, conviene recordar que el defecto de Sentencia denunciado contiene tópicos sobre ausencia de fundamentación, de insuficiencia o que la misma sea contradictoria, en virtud del cual la apelante en cuanto al primer supuesto sostuvo que la Sentencia no cuenta con una debida fundamentación de la subsunción de los tipos penales, situación que no puede darse en la praxis jurídica debido a que la carencia de motivación se refiere a las razones o motivos de hecho y de derecho por las que se resuelve de una u otra forma, que de ninguna manera una Resolución puede tener los tres supuestos, que el recurso de apelación es de puro derecho y en su análisis el Tribunal no puede retrotraer su actividad jurisdiccional a circunstancias, hechos ni pruebas fácticas que ya fueron sometidas a control del Tribunal de juicio, no siendo posible la revalorización. Que, la apelación restringida resulta ser confusa al denunciar el agravio previsto en el art. 370 inc. 5) del CPP, al sostener que no cuenta con la motivación en lo que se refiere a la subsunción a los tipos penales, sin mencionar que fuera lo vulnerado, o si se trataría de la fundamentación descriptiva, intelectiva o jurídica, no mencionó los medios probatorios del debate, lo que denota una ausencia de la debida motivación de la apelación