Auto Supremo AS/0624/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0624/2020

Fecha: 01-Dic-2020

Fragmento 10

El recurrente señaló no haber sido notificado en forma personal con la demanda, privándosele de la oportunidad de contestar la demanda en forma personal, tampoco se le dio la oportunidad de presentar y ofrecer pruebas para demostrar que se acordó la compra venta del lote de terreno en la suma de $us 60.000 y no así $us 31.000; dado que no se constituyeron a todos los domicilios reales consignados en las certificaciones emitidas por el SERECI y SEGIP, pues el oficial de diligencias únicamente se constituyó en el domicilio ubicado en el Callejón Luciano Alcoreza N° 50 de la calle zona Villa Nuevo Potosí de la ciudad de El Alto y no así en el domicilio ubicado en San Luis Daza N° 650, omitiendo agotar todos los recursos para ser notificado, vulnerándose su derecho a un debido proceso y la igualdad consagrados en la CPE, aspecto que el Tribunal de alzada omitió y convalidó.