Auto Supremo AS/0276/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2020-RRC

Fecha: 18-Mar-2020

“…la acusación fiscal…señala que la menor a la edad de trece años había sido víctima


En tal sentido, para mejor contexto, la Sala considera traer a colación, el voto de absolución emitido por la Juez Técnico Mancilla Anajía, que concluyó que existieron contradicciones en las declaraciones de la víctima así como señalar que las pruebas que no fueron suficientes. El voto en cuestión precisa que:

“En el informe psicológico realizado a la víctima [se] refiere que fue agredida sexualmente en cinco oportunidades…

…la victima de juicio oral… manifiesta que ‘fueron unas 15 a 20 veces’…

[en las entrevistas de]…25, 26 de mayo y 03 de junio de 2016…no se identificaron las 15 a 20 veces que fue abusada, originando duda en la versión de los hechos de la víctima.” (sic)

Ante la pregunta sobre otras supuestas agresiones el voto disidente valoró que: “…la víctima no dio más detalles, evadió la pregunta, se puso nerviosa, generando una duda, incertidumbre y credibilidad de su versión”. (sic)

Se halló contradicciones sobre el lugar de la supuesta agresión de octubre de 2014, precisando que “...se tiene que estas Olimpiadas fueron en Caranda y no así en Buenavista como refirió la víctima”. (sic)

“Sobre la testificación de la madre de la víctima…manifestó [que el acusado] la violó en diferentes ocasiones desde el año 2013, a la edad de 13 años, la víctima señala desde sus 14 años y en su declaración testifical la madre…refirió que la menor fue llevada por el acusado varias veces al Oasis en Montero, cuando la víctima dijo que ahí fue en la primera vez. No refirió de los otros lugares, que como madre a hija, la víctima podía haberle comunicado y señalado mas lugares donde fue abusada, ya que refirió que fue de 15 a 20 veces, la madre no dio más luces de las otras violaciones…” (sic)

“…la acusación fiscal…señala que la menor a la edad de trece años había sido víctima de agresión sexual, así también en la denuncia y declaración de [la madre de la víctima], la…querella, la acusación particular; y en las declaraciones testificales de juicio oral refieren que fue a la edad de 14 años, esto con lleva a crear incertidumbre, en este caso se requería de más pruebas (…) para establecer la edad cuando se cometió el ilícito referido si fue a los 13 o 14 la primera vez” (sic)