Auto Supremo AS/0345/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0345/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Determinación de la pena


Determinación de la pena.- Como consecuencia de los hechos anotados y al ser los imputados personas de la tercera edad de 68 y 67 años respectivamente, con pleno uso de su capacidad mental, además de encontrarse en pleno uso de sus facultades mentales, comprendiendo cabalmente cada acción a desarrollar, lo cual les permitía en ese momento discernir entre lo bueno y lo malo a realizar, además que durante el desarrollo del juicio éste ha permitido a las partes tomar conocimiento sobre la existencia de una póliza de errores y omisiones con la cual ejecutándose la misma le permitiría el resarcimiento de los daños causados a las víctimas, para de esta manera estos puedan recuperar su patrimonio que les fue sonsacado mediante engaños por los imputados; además de ello se tiene igualmente que los imputados a lo largo del proceso se han sometido al mismo, ha existido la voluntad para llegar a conocerse la verdad histórica del hecho, es más, éste ha admitido en audiencia de juicio cuando interviene por última vez, que para la recuperación de los dineros por concepto de pólizas de ejecución inmediata existe una garantía como lo es la póliza de errores y omisiones, consiguientemente y en virtud a los antecedentes expuestos corresponde dosificar, aplicar la sanción penal a Roberto Foronda Franco y Josefina Solís de Franco imponiendo la pena de cinco años y siete meses de reclusión prevista en el art. 335 con la agravación prevista en el art. 346 Bis del CP, más 400 días multa a razón de 10 bolivianos por día, con costas, daños y perjuicios a ser regulado en ejecución de Sentencia