Auto Supremo AS/0399/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Además, refirió que ciertamente la señora IBC podía ejercer y disponer el derecho propietario sobre


Además, refirió que ciertamente la señora IBC podía ejercer y disponer el derecho propietario sobre el bien, empero aclarando que tales actos -por cuestiones de naturaleza común debían materializarse en vida-. Se tuvo como probado que la mencionada había fallecido en la gestión 2002, haciendo que se active la sucesión hereditaria de sus bienes, en ese sentido la Sentencia señala: “…en el presente caso la señora IBC falleció el día 30 de mayo del año 2002, por paro cardio respiratorio, este aspecto está acreditado por el Certificado de Defunción inserto en la prueba documental PD9 y por las declaraciones de los…testigos…El certificado defunción que acredita la muerte de la señora IBC, provoca que se abra la sucesión y por ende provoca la transmisión a todos los herederos del patrimonio dejado por la fallecida y esta debe diferirse por la Ley es decir que la calidad de heredero abintestato ya que no hay testamentarios en este caso y debe acreditarse por los medios respectivos, sin que sea suficiente las afirmaciones de los interesados”