Auto Supremo AS/0399/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Por ello resulta clarificante la remisión punitiva que el art


Por ello resulta clarificante la remisión punitiva que el art. 203 del CP, hace en la frase “será sancionado como si fuere autor de la falsedad”’, infiriéndose que la intención del legislador era la de sancionar el uso de un instrumento falsificado, conforme al grado de punición que había establecido para los tipos penales descritos en el capítulo titulado “De La Falsificación de Documentos en General” (Título IV, Capitulo III del Código Penal), diferenciando en este caso, no al autor material de la falsedad, sino a aquel tercero que aprovechando y conociendo la misma haga uso del documento