Sentencia Rol 8797 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 8797 - 2020

Fecha: 17-Nov-2020

0000097 NOVENTA Y SIETE DE LA PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD, LA PATERNIDAD Y LA VIDA FAMILIAR (…) Artículo 208

0000097 NOVENTA Y SIETE DE LA PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD, LA PATERNIDAD Y LA VIDA FAMILIAR (…) Artículo 208. Las infracciones a las disposiciones de este título se sancionarán con multa de catorce a setenta unidades tributarias mensuales en vigor a la fecha de cometerse la infracción, multa que se duplicará en caso de reincidencia. En igual sanción incurrirán los empleadores por cuya culpa las instituciones que deben pagar las prestaciones establecidas en este título no lo hagan; como asimismo aquellos empleadores que infrinjan lo dispuesto en el inciso final del artículo 194. Sin perjuicio de la sanción anterior, será de cargo directo de dichos empleadores el pago de los subsidios que correspondieren a sus trabajadoras. La fiscalización del cumplimiento de las disposiciones de este artículo corresponderá a la Dirección del Trabajo , sin perjuicio de las atribuciones que en materia de fiscalización de establecimientos de educación parvularia le competen a la Superintendencia de Educación.”. S íntesis de la gestión pendiente y del conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal Indica la actora que dedujo reclamación judicial conforme lo dispuesto en el artículo 503 del Código del Trabajo, en relación con los artículos 511 y 512, reclamando en contra de la Resolución Administrativa N°3303/19/10, de 22 de abril del año 2019, dictada por la Inspectora Comunal del Trabajo, y que le impusiere multa de 70 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). De acuerdo a lo que se expone a fojas 4, la Resolución Administrativa reprochada en sede jurisdiccional, da cuenta que el día 15 de abril del año 2019, en el curso de la fiscalización efectuada, se constata la separación ilegal, se expuso, de la trabajadora doña Roxana Iturriaga Saavedra, al no contar la actora, con la autorización judicial previa del juez competente, habiéndose constatado que se encuentra amparada por fuero de maternidad laboral. Por ello, expone que solicitó al Juzgado de Letras del Trabajo de Molina, se dejara sin efecto las multa cursada, por cuanto el artículo 208 inciso primero, del Código del Trabajo, vulnera la Carta Fundamental, en la medida que no cumple los estándares de certeza, determinación ni especificidad, ya que en dicha norma legal no se definen criterios ni principio alguno que permitan establecer la aplicación de una sanción específica al caso concreto, con la consiguiente infracción a los principios de legalidad y de proporcionalidad sancionatorias, establecidos en nuestra Constitución. En subsidio, para el evento de considerar el Juzgado del Trabajo de Molina, que no se afecta el principio de legalidad, se solicitó la rebaja de las multas impuestas al rango base de 14 Unidades Tributarias Mensuales, en atención a los fundamentos expuestos en el Reclamo Judicial planteado. 2