Sentencia Rol 8797 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 8797 - 2020

Fecha: 17-Nov-2020

0000103 CIENTO TRES El 14 de mayo de 2020 se celebró audiencia preparatoria, fijándose como hechos controvertidos: 1

0000103 CIENTO TRES El 14 de mayo de 2020 se celebró audiencia preparatoria, fijándose como hechos controvertidos: 1. Fecha en la que la trabajadora comunicó su estado de gravidez a su empleador, 2. Efectividad de haberse contravenido por la Inspección Comunal del Trabajo de Molina los principios constitucionales que alega el reclamante, al aplicar la sanción administrativa, 3. Efectividad de que se haya aplicado ilegalmente, por la Inspección del Trabajo de Molina, la multa que se reclama y, 4. Efectividad de que el reclamante acreditó la corrección de la infracción ante la reclamada. El procedimiento se encuentra suspendido por resolución de esta Magistratura, encontrándose pendiente la audiencia de juicio. TERCERO: El requirente alega que la aplicación del precepto impugnado produce resultados contrarios a la Constitución, al infringir los principios de legalidad y de proporcionalidad, toda vez que la norma establece “un rango de imposición de multas, el cual no permite determinar la cuantía de la sanción establecida, y tampoco una base de cálculo previa que sea cierta, objetiva y efectiva”, siendo por ello “regulada al arbitrio de la autoridad administrativa, la que no tiene potestad legal para ello, lo cual se transforma en una vulneración del principio de juridicidad” (fojas 16). II. PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD Y FUERO MATERNAL CUARTO: Conforme a lo que se ha reseñado, la infracción que llevó a la Inspección del Trabajo a cursar la multa que reclama la requirente habría consistido en separar en forma ilegal a una trabajadora amparada por el fuero maternal, vulnerando de este modo el artículo 201, inciso primero, en relación el artículo 174, ambos del Código del Trabajo. QUINTO: El fuero laboral “es una protección especial que tienen los trabajadores que están en una situación de mayor vulnerabilidad ante la terminación del contrato de trabajo por iniciativa del empleador” (Irene Rojas Miño. Derecho del Trabajo. Derecho individual del Trabajo. Legal Publishing. 2015), por lo que la ley permite el despido solo en ciertos casos y previa autorización judicial previa. Este derecho se da dentro de las normas laborales sobre protección a la maternidad, que buscan establecer derechos en favor de la madre, y excepcionalmente del padre, con el objeto de compatibilizar la labor reproductiva de la madre con las actividades laborales. SEXTO: Ahora bien, nuestro ordenamiento jurídico reconoce el fuero maternal en el ya mencionado artículo 201 del Código del Trabajo, contenido en el Título II “De la protección a la maternidad, la paternidad y la vida familiar” de su Libro II. Tales reglas protectoras de la maternidad contempladas en el actual Código del Trabajo han sido precedidas de muchas otras desde que, a comienzos del siglo XX, comenzaran a incorporarse en nuestro ordenamiento jurídico. La primera ley (Nº 3.186, de 1917) únicamente se preocupó de que los empleadores implementaran un 8