ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 124/2020. COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MORELOS. 27 DE ABRIL DE 2021. PONENTE: YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. SECRETARIO: JOSÉ JUAN TORRES TLAHUIZO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 124/2020. COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MORELOS. 27 DE ABRIL DE 2021. PONENTE: YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. SECRETARIO: JOSÉ JUAN TORRES TLAHUIZO.

Fecha: 26-Ago-2022

Promulgar Publicar Y Circular Las Leyes Son Vocablos Sinónimos Se Transcribe

"‘PROMULGACIÓN DE LEYES O DECRETOS LOCALES. LA AUSENCIA DE LA FRASE SOLEMNE CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 70 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA, QUE REZA: «EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DECRETA: (TEXTO DE LA LEY O DECRETO)», NO AFECTA LA VALIDEZ DE LA PUBLICACIÓN, SI EL GOBERNADOR DEL ESTADO UTILIZA OTRA EXPRESIÓN COMO «ANUNCIO», «INFORMO», U OTRA SIMILAR.’ [Se transcribe]

"Por ello es que no se estima que cobre sentido el argumento de que dado el proceso seguido y la promulgación y publicación realizadas por el Ejecutivo Estatal al Decreto 657 se traduzcan en que el instrumento devenga en inconstitucional, ilegal o incluso inexistente jurídicamente hablando; pues en ninguna forma se vició el contenido material, ni la forma o voluntad final plasmada en el acto legislativo, por lo que evidentemente no se configuran violaciones de carácter formal que trasciendan de manera fundamental al decreto mismo, al grado de provocar su invalidez o inconstitucionalidad; por lo que debe determinarse que el acto de promulgación con la implícita publicación en el Periódico Oficial del Decreto 657 carece de relevancia jurídica para el efecto pretendido por la parte actora de restarle validez y vigencia a una norma emanada del Congreso, quien –debe resaltarse– encarna la soberanía popular; por lo que se estima que sus determinaciones sobre todo en cuanto a su régimen interno no pueden verse alteradas por cuestiones de carácter secundario.