AMPARO DIRECTO 467/2012 (CUADERNO AUXILIAR 857/2012). 31 DE OCTUBRE DE 2012. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: ANTONIO SOTO MARTÍNEZ. PONENTE: JORGE TOSS CAPISTRÁN. SECRETARIA: LUCERO ALEJANDRA DE ALBA PEÑA.
Fecha: 31-Oct-2012
Los Requisitos Que Deben Colmarse Son Los Siguientes
1. Verosimilitud. Implica que los hechos en que se apoye la retractación deben ser creíbles, lógicos, tanto la nueva versión que se exponga, como las razones que justifiquen el porqué se dio la modificación o cambio de los hechos.
2. Ausencia de coacción. No deben existir indicios de que la retractación se obtuvo por medio de violencia física o moral.
3. Existencia de otros medios de prueba que corroboren la retractación. Es necesaria la concurrencia de diversos medios de convicción que, adminiculados entre sí, acrediten la versión de los hechos en que se sustenta la retractación.
De tal manera, si no se cumple alguno de los requisitos antes referidos, no podrá otorgarse valor probatorio a la retractación pues la ausencia de alguno de ellos se traduce en falta de certeza de que lo declarado, efectivamente, resulte verdadero o apegado a una regla de sana lógica; por ende, deberá estarse al principio de inmediatez procesal el cual postula que merecen mayor crédito la versión expuesta en las primeras declaraciones.
En la especie, del estudio exhaustivo de las constancias que obran en la causa penal se arriba a la conclusión de que la retractación, tanto de las ofendidas ********** y **********, como del testigo de cargo ********** no reúnen los requisitos de mérito.
- Considerando
- Formalidades Esenciales Del Procedimiento Y Exacta Aplicación De La Ley
- Hasta Aquí Los Antecedentes Más Relevantes Que Se Advierten De Las Constancias Procesales
- Acreditación Del Delito Y Plena Responsabilidad Penal
- A Acreditación Del Delito De Violación Agravada
- I Que Se Cometa Por Dos O Más Personas
- Declaración De La Ofendida En La Que Manifestó
- Declaración De La Ofendida Quien Ante La Autoridad Ministerial Manifestó
- Declaración Del Policía Aprehensor Quien Manifestó Lo Siguiente
- Declaración Del Policía Aprehensor Quien Expuso Lo Que A Continuación Se Transcribe
- B Responsabilidad Penal Plena
- En Efecto La Autoridad Responsable Analizó La Declaración De En La Que Manifestó
- También La Declaración De En La Que Refirió
- Análisis Sobre La Ineficacia Probatoria De Las Retractaciones
- Los Requisitos Que Deben Colmarse Son Los Siguientes
- A Verosimilitud
- B Como No Les Pagaron Por Sus Servicios Por Coraje Denunciaron A Una Persona Que No Conocían
- Así Describe En Su Declaración Entre Otras Cosas
- Mientras Que La Ofendida Refiere En Su Declaración Entre Otras Cosas
- Veintisiete De Mayo De Dos Mil Diez
- Veintinueve De Octubre De Dos Mil Diez Interrogatorio
- De Lo Anterior Se Destaca Que El Testigo En Su Retractación Refirió Que
- C El Día De Los Hechos No Abordó Alguna Patrulla De La Policía Para Buscar A
- B Ausencia De Coacción
- A Que Se Encuentren Probados Los Hechos De Los Cuales Se Derivan Las Presunciones
- En Lo Que Interesa Se Destaca Que En Dichos Hechos Las Ofendidas Manifestaron Lo Siguiente
- C Existencia De Otros Medios De Prueba Que Corroboren La Retractación
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- El Diez De Agosto De Dos Mil Diez
- Pendiente De Publicarse En El Semanario Judicial De La Federación Y Su Gaceta
- Lo Cual Es Evidente Atendiendo La Naturaleza Y El Fin De La Retractación