REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO EN LOS CASOS DE INDEMNIZACIÓN. DEBE CONTENER LAS CALIFICATIVAS DE SUFICIENTE Y JUSTA, PARA QUE EL AFECTADO PUEDA ATENDER TODAS SUS NECESIDADES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO EN LOS CASOS DE INDEMNIZACIÓN. DEBE CONTENER LAS CALIFICATIVAS DE SUFICIENTE Y JUSTA, PARA QUE EL AFECTADO PUEDA ATENDER TODAS SUS NECESIDADES.

Fecha: 29-Jun-2018

Inconstitucionalidad Del Artículo Del Código Civil Para El Estado De Quintana Roo

33.1 El quejoso sostiene que la sentencia reclamada es inconstitucional porque se sustentó en el artículo 2299 del Código Civil para el Estado de Quintana Roo, numeral que atenta contra el acceso a la justicia completa y efectiva, pues no contempla la figura de responsabilidad mancomunada de quien ocasionó la afectación de manera directa o indirecta en el caso de daño moral.