AMPARO DIRECTO 169/2019. 27 DE JUNIO DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GUSTAVO GALLEGOS MORALES. SECRETARIA: CLAUDIA CAROLA CARMONA CRUZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 169/2019. 27 DE JUNIO DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GUSTAVO GALLEGOS MORALES. SECRETARIA: CLAUDIA CAROLA CARMONA CRUZ.

Fecha: 06-Sep-2019

C Autorizar Financiamientos Que Constituyan Deuda Pública

"d) Proponer y aprobar los anteproyectos de presupuestos de egresos de la unidad administrativa a las que pertenece;

"e) Proponer y/o aprobar modificaciones programáticas, presupuestales, a la estructura administrativa y demás asuntos que sean competencia de la dependencia a la que se encuentra adscrito o en representación del titular de la dependencia ante los órganos de gobierno de las entidades paraestatales;

"f) Autorizar calendarios de vacaciones a trabajadores, o en lo individual a determinados trabajadores;

"g) Definir y conducir el proceso de la programación y presupuestación anual de la unidad administrativa de adscripción;

"h) Elaborar y/o suscribir convenios, acuerdos, contratos que la administración requiera para su funcionamiento, los cuales produzcan derechos y obligaciones para el Poder Ejecutivo del Estado y/o sus dependencias, adjudicar o autorizar pedidos, contratos, concesiones y ventas de bienes inmuebles de dominio público o privado;

"i) Realizar análisis jurídico para la determinación o resolución de acciones en las que tenga injerencia las dependencias en las que forman parte de la administración central;

"j) Participar como representante legal o mandatario en los juicios o negocios en que las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado, intervenga con cualquier carácter, o en aquellos en que como servidor público preste el servicio de asesoría jurídica a particulares;

"k) Las demás que se encuentren contenidas en reglamentos internos, manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público, circulares, oficios de delegación de funciones o que estén contenidas en disposiciones normativas de carácter general;

"XVII. Funciones de administración: Aquellas que desarrollen los trabajadores y se relacionen en forma general con las siguientes actividades:

"a) Aplicar del proceso administrativo de: planeación, organización, dirección, control y evaluación de los recursos humanos, materiales y financieros para el logro efectivo y eficiente de los objetivos institucionales;

"b) Resguardar, controlar o disponer de fondos, bienes o valores propiedad del Estado, aun en forma temporal, así como autorizar su destino, manejo o acceso a sistemas de información mediante los cuales se registre cualquier tipo de movimiento o transferencia de los mismos;

"c) Conducir o definir los procesos de planeación, organización, seguimiento y control de los reglamentos internos, manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público;