CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 2/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS SEGUNDO Y CUARTO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO. 5 DE ABRIL DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JULIA MARÍA DEL CARMEN GARCÍ
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 2/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS SEGUNDO Y CUARTO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO. 5 DE ABRIL DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JULIA MARÍA DEL CARMEN GARCÍ

Fecha: 03-Jun-2022

Esa Ejecutoria Dio Lugar A La Tesis A Lxv De Rubro Siguiente

"‘DERECHO A LA SALUD. SU REGULACIÓN EN EL ARTÍCULO 4o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y SU COMPLEMENTARIEDAD CON LOS TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS.’ (La transcribe)

"De lo que resulta evidente que dentro del derecho fundamental a la salud, se encuentra contemplada la vacunación, porque conforme a los artículos 24, fracción I, 27, fracciones II y III, 32, párrafo primero y 33 de la Ley General de Salud, dicho derecho tiene como finalidad el disfrute de servicios de salud, entendidos como las acciones dirigidas a proteger, promover y restaurar la salud de las personas, los cuales dentro de su clasificación contemplan a la atención médica, que comprende actividades:

"a) Preventivas, que incluyen las de promoción general y las de protección específica, como la prevención y el control de las enfermedades transmisibles de atención prioritaria;