CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 2/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS SEGUNDO Y CUARTO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO. 5 DE ABRIL DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JULIA MARÍA DEL CARMEN GARCÍ
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 2/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS SEGUNDO Y CUARTO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO. 5 DE ABRIL DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JULIA MARÍA DEL CARMEN GARCÍ

Fecha: 03-Jun-2022

Sextoestudio En El Primer Agravio Aducen Los Recurrentes

"- Que en el auto recurrido, de manera incorrecta, se consideró que el acto reclamado lo constituye ‘la modificación al esquema nacional de vacunación’, cuando en el caso, se reclamó la no aplicación de la dosis correspondiente a su menor hijo (sin señalar la edad), cuando la vacuna ya está avalada por una institución de salud nacional competente; por lo que, en el auto recurrido se desvío la finalidad del acto reclamado.

"- Que en razón de los argumentos erróneos, se negó la suspensión de plano solicitada, lo cual ocasiona a su menor hijo, perjuicios de imposible reparación, pues el derecho a la salud no se encuentra sometido a criterio de los juzgadores y menos a mala interpretación del acto reclamado, ya que la afectación a la sociedad resulta en una catástrofe social y vulneración de derechos humanos.