CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 243/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN CULIACÁN, SINALOA, EN AUXILIO DEL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DÉCIMO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 243/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN CULIACÁN, SINALOA, EN AUXILIO DEL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DÉCIMO

Fecha: 28-Abr-2023

Requisitos Para Que La Renuncia Adquiera Valor Probatorio

85. En síntesis, el escrito de renuncia tendrá valor probatorio únicamente si se demuestra de manera fehaciente que fue emitida de manera autónoma y unilateral, para lo cual el órgano jurisdiccional estará en aptitud de suplir en todo momento la deficiencia de la queja del trabajador, ya que lo que se busca es introducir a juicio todas las cuestiones necesarias, sean argumentativas o probatorias, para conocer la verdad.

86. En sentido opuesto, el escrito de renuncia carecerá de valor probatorio si existen indicios de que la parte patronal realizó prácticas que afecten indebidamente la cuestión sustancial a dilucidar, esto es, la decisión autónoma y unilateral del trabajador de concluir el vínculo laboral, lo anterior en miras a desincentivar las prácticas indebidas en materia de suscripción coactiva de renuncias (obligar a las personas a firmar hojas en blanco, firmar la renuncia en contra de su voluntad, entre otras).