CONTRADICCIÓN DE TESIS 24/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS DEL DÉCIMO CIRCUITO. 18 DE OCTUBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE SIETE VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ALFREDO BARRERA FLORES, ÁNGEL RODRÍGUEZ MALDONADO, C
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 24/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS DEL DÉCIMO CIRCUITO. 18 DE OCTUBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE SIETE VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ALFREDO BARRERA FLORES, ÁNGEL RODRÍGUEZ MALDONADO, C

Fecha: 09-Dic-2022

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"SÉPTIMO.—Procedencia del juicio de amparo adhesivo contra normas generales. La finalidad del presente considerando consiste en analizar si es procedente o no que, mediante el juicio de amparo adhesivo, se controvierta una norma general; y, en su caso, qué condiciones se deben satisfacer para resolver los presupuestos de la pretensión.

"En particular, si es procedente que en un juicio de amparo directo adhesivo, el actor en el juicio de origen, que obtuvo un laudo favorable a sus intereses jurídicos, está en aptitud legal de controvertir el artículo 899-E de la Ley Federal del Trabajo, que dice lo siguiente: