Suprema Corte de Justicia de la Nación
JUICIO ORDINARIO CIVIL FEDERAL NÚMERO 1/2005 Y SU ACUMULADO 4/2005. **********.
Fecha: 20-Mar-2001
Trigésima Novena Que Sí
"40. Revisó el 20 de marzo de 2001, el análisis de precios ********** (‘Análisis: ********** Unidad: Ton. Montaje de estructura pesada, previamente fabricada en taller, incluye colocación, elevaciones, maniobras en obra, montaje, tornillería, soldadura en uniones, nivelación, corte con cizalla para ajustes, pantógrafo y taladro, pulido de uniones soldadas y obra falsa necesaria para el mismo.’), el cual solicito se le ponga a la vista (anexo 8 del escrito inicial de demanda)."
- Considerando
- Las Cláusulas De Mérito Se Transcriben A Continuación
- Iv Porque El Consentimiento No Se Haya Manifestado En La Forma Que La Ley Establece
- Por Su Parte Emilio Betti Señala
- Los Numerales Citados En El Párrafo Que Antecede A La Letra Dicen
- Los Artículos Citados Son Del Tenor Siguiente
- Excepciones
- La Citada Excepción Resulta Infundada
- Por Su Parte En La Cláusula Décimo Segunda Se Estipuló La Terminación Y Recepción De Los Trabajos
- En Esencia De Ese Contrato De Servicios Se Aprecian Los Siguientes Aspectos
- Sobre El Particular Entre Las Pruebas Aportadas Por El Demandante Destacan
- Trigésima Novena Que Sí
- Cuadragésima Que Sí
- Cuadragésima Tercera Que Sí
- Los Artículos De Referencia Son Del Tenor Siguiente
- I Si La Obligación Fuere A Plazo Comenzará La Responsabilidad Desde El Vencimiento De Éste
- Artículo O La Parte Que Pierde Debe Reembolsar A Su Contraria Las Costas Del Proceso
- I En Relación Con La Acción De Nulidad Ejercida Por El En Contra De
- C Se Condena A Al Pago De Daños Y Perjuicios Cuantificables En Ejecución De Sentencia
- Iv En Torno A Las Costas
- Primeroha Sido Procedente La Vía Ordinaria Civil Federal
- Notifíquese Personalmente A Las Partes
- Lutzesco Georges Teoría Y Práctica De Las Nulidades México Porrúa
- Castro Y Bravo Federico El Negocio Jurídico Madrid Civitas Página